Fracción V. u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;

Fracción V. u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;

Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública

De conformidad a lo establecido en el artículo 50 fracción XIV de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así como los artículos 2 y 3 de la Ley de Expropiación de Bienes Muebles e Inmuebles de Propiedad Privada, es facultad exclusiva del Gobernador del Estado, decretar la expropiación de bienes por causa de utilidad pública.

Ponemos a su disposición la liga electrónica vinculante a la página del Periódico Oficial del Estado de Jalisco, donde puede consultar las sentencias dictadas por motivos de expropiación. Liga al Periódico Oficial del Estado de Jalisco

En base a lo anterior, se informa que la información pública a que se refiere el presente apartado no se genera por este sujeto obligado, ya que no es una de sus atribuciones mismas que se encuentran señaladas en el artículo 31 de la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco y artículo 40 del Estatuto Orgánico de las Instancias de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara.

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